domingo, 2 de noviembre de 2008
Numerosas especies autóctonas estan en vías de desaparecer del mapa argentino. El tráfico de fauna, que mueve millones de dólares por año, la desforestación de tierras y la construcción de grandes represas, son los principales responsables del exterminio masivo. Estos son algunos de los muchos animales en peligro. Están protegidos por la ley, pero si su captura o matanza clandestina continúan, en pocos años más no quedará de ellos más que el recuerdo.
Los siguientes dias les iremos subiendo nuevos videos acerca de este tema.
hasta entonces...
¡ Mirá cuantos animales se extinguieron y cules estan en peligro de extincion en nuestro pais!...
jueves, 30 de octubre de 2008
PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES
A continuación la ley de protección de los animales, publicamos esta ley para que quienes no la conocen vean y sepan el verdadero punto en que se encuentra legislada la vida y el sufrimiento de los animales. Una ley llena de falencias, donde tal vez la peor de todas sea la de no protegerlos casi de nada:
Ley Nacional 14.346 -de protección a los animales- Norma Argentina vigente Sancionada por el Congreso de la Nación el 27 de Septiembre de 1954. Proyecto del Diputado Antonio J. Benitez, considerado y aprobado con modificaciones por la Cámara de Diputados en la Sesión del 22 de septiembre de 1954 , y por el Senado en la Sesión del 27 de Septiembre de 1954.
Art.lº - Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.
Art.2º - Serán considerados actos de maltrato :
- No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
- Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
- Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
- Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
- Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
- Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
Art.3º - Serán considerados acto de crueldad :
- Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello.
- Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
- Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
- Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
- Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
- Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
- Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad.
- Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas o parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.
Art.4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
VENADO DE LAS PAMPAS
TATÚ CARRETA
El tatú carreta, "Priodontes maximus", es un animal solitario y nocturno.
Llega a alcanzar un peso de entre 50 y 60 kilogramos. Presenta un caparazón cubierto de placas. Tiene un hocico, cuerpo voluminosos y patas cortas. Sus patas delanteras poseen uñas grandes y largas, las que usa para excavar grandes cuevas o madrigueras que emplea como refugio; allí durante el día reposa en posición fetal.
La hembra tiene dos mamas y gesta una sola cría.
Se alimenta de carroña, hormigas, larvas, termitas, gusanos, arañas, pequeños ofidios. Para comer se sientan sobre su cola, se sostienen con sus patas traseras mientras que con las delanteras, mediante sus garras, golpean y deshacen restos de troncos, termiteros, hormigueros, para alimentarse. Puede recorrer hasta 3.000 kilómetros en busca de comida.
Esta especie se halla en peligro. Figura en la Lista Roja desde 2002. En Formosa (Argentina) se ha creado la Reserva Nacional, especialmente para tratar de proteger los últimos ejemplares de esta especie.
Habita en América del Sur, desde Venezuela hasta el centro de Argentina.
Su hábitat va desapareciendo debido al avance de la actividad agropecuaria, además es cazado por su carne comestible. Con su caparazón se realizaban instrumentos musicales autóctonos. En la actualidad está prohibida su caza, comercio o captura. En cautiverio o en zoológico no viven mucho tiempo.